D´Elía, sin castigo por cortar la avenida Rivadavia

La Cámara Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad confirmó, en un fallo dividido, la absolución del dirigente piquetero Luis D´Elía por una movilización que encabezó en mayo de 2009 por la avenida Rivadavia, entre Liniers a Plaza de Mayo.  La jueza Cristina Lara había absuelto a D´Elía, en la causa en que se lo acusaba de cortar calles sin un aviso previo al Gobierno porteño. Durante el juicio, el piquetero afirmó que había hablado con el jefe de la SIDE, Héctor Icazuriaga, y el ministro del Interior, Florencio Randazzo.  Los fiscales apelaron la sentencia. “No resulta posible asignar crédito al referido desconocimiento de D´Elía acerca cuál resulta ser la autoridad competente a la que corresponde formular el aviso previo, ello así debido a las continuas e históricas manifestaciones que según, el propio imputado, viene realizando hace años”, dijeron.  Pero la Sala I de la Cámara ratificó el fallo de primera instancia. Los jueces José Sáez Capel y Elizabeth Marum entendieron que “movilización organizada por D´Elía no es antijurídica”. El juez Marcelo Vázquez votó en disidencia y propuso aplicarle cinco días de trabajos de utilidad pública.

Durante el juicio oral, la Fiscalía había solicitado que el dirigente piquetero pagara 5 mil pesos de multa y diera clases de Derechos Humanos en alguna institución educativa o de beneficencia. Sin embargo, la jueza sostuvo que probado que ningún automovilista “demoró más de ocho minutos en retomar el ritmo del tránsito”. Además, le envió un oficio al jefe de Gobierno para que se determine en el artículo 78 del Código Contravencional quienes son las autoridades que deben ser notificadas ante manifestaciones sociales.