La IGJ obliga a las nuevas sociedades a poner un 50% de mujeres

Todas las sociedades deberán incluir en su órgano de administración una composición que respete la diversidad de género.

La Inspección General de Justicia (IGJ) emitió una resolución que obliga a designar a la misma cantidad de hombres y mujeres en los órganos de conducción de las nuevas sociedades. La resolución, publicada en el Boletín Oficial, generó cierto revuelo interno porque la IGJ está conducido en su mayoría por hombres, en los cargos directivos.

El artículo 1 de la resolución 34/2020 determina que “las asociaciones civiles en proceso de constitución; las simples asociaciones que soliciten su inscripción en el registro voluntario; las sociedades anónimas que se constituyan, en cuanto estuvieren o quedaren comprendidas en el artículo 299, de la Ley N° 19.550, excepto las abarcadas por los inciso 1°, 2° y 7°, las fundaciones con un consejo de administración de integración temporaria y electiva y las Sociedades del Estado (Ley N° 20.705) deberán incluir en su órgano de administración, y en su caso en el órgano de fiscalización, una composición que respete la diversidad de género, estableciendo una composición de los órganos referidos que esté integrado por la misma cantidad de miembros femeninos que de miembros masculinos. Cuando la cantidad de miembros a cubrir fuera de número impar, el órgano deberá integrarse de forma mixta, con un mínimo de un tercio de miembros femeninos”.

La misma resolución establece que la IGJ podrá “a través del dictado de resoluciones fundadas y ante un pedido expreso al respecto, exceptuar de lo previsto en la presente, de forma total, parcial, transitoria o definitiva, a la persona jurídica que así lo requiera, fundado ello sólo en virtud de circunstancias singulares, extraordinarias, atendibles y objetivas, derivadas de sus antecedentes constitutivos y/o tipo de conformación y/o de la actividad social tendente a la consecución de su objeto”.

Por último, el organismo que conduce Ricardo Nissen advierte que “pondrá en conocimiento del INADI y del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD DE LA NACIÓN los antecedentes que justifiquen su intervención, en caso de incumplimiento o reticencia en la implementación de medidas tendientes a alcanzar, respetar y mantener la paridad de género”.

La medida ya generó criticas. Para el diputado del PRO Cristian Ritondo, no debería haber obligatoriedad en la conformación de una empresa, porque eso “incluso plantea inconstitucionalidades”. “Me parece que es errado, excesivo y que atenta contra la libertad”, consideró.