La “Masacre del Pabellón 7” no es delito de lesa humanidad

El fiscal federal Federico Delgado determinó en las últimas horas que los hechos “no constituyen un delito de lesa humanidad porque no hay forma de ubicarlos en el marco del plan criminal del terrorismo de Estado”. El hecho ocurrió el 14 de marzo de 1978 en el penal de Devoto, donde un supuesto motín seguido de un incendio en un pabellón de presos comunes terminó en una tragedia. Murieron 65 presos comunes, a tiros o calcinados….Un grupo de investigadores se propuso demostrar que no existió diferencia entre esa masacre y los crímenes de lesa humanidad que hoy se juzgan en diferentes instancias de la Justicia federal. Su sueño terminó. Delgado dictaminó que la causa se remita a la justicia de instrucción, donde estuvo radicada por disposición de la Corte Suprema. No obstante, el fiscal determinó que los acontecimientos fueron una “grave violación” a los derechos humanos. Y que la investigación no fue real, sino meramente formal. Por ello, hay que considerar los delitos imprescriptibles y reiniciar la investigación. En el Pabellón 7 estaban alojados unos 80 presos “comunes”, para diferenciarlos de los detenidos por cuestiones políticas. Una discusión menor con la guardia por el encendido de un televisor, la noche anterior, provocó una sanguinaria matanza que el mito oficial terminó rubricando como un motín, una suerte de levantamiento o protesta, con quema de los colchones colocados por los presos contra la puerta. Muchos de los presos que intentaban asomarse a las ventanas enrejadas, a más de dos metros de altura, eran baleados desde el exterior.